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Consulado de Colombia en Kingston

Aviso a colombianos y extranjeros en Islas Caimán, Bahamas, Antigua y Barbuda, San Cristóbal y Nieves o Santa Lucia

Kingston (jul. 22/21). El Consulado de Colombia en Kingston recuerda que esta oficina consular tiene a su cargo la atención de solicitudes de asistencia consular u orientación sobre tramites y servicios que sean requeridos por ciudadanos colombianos residentes permanentes o que estén de forma temporal (turismo, negocios, etc.) en Islas Caimán, Las Bahamas, Antigua y Barbuda, San Cristóbal y Nieves o Santa Lucia.

En caso de emergencia en algunos de estos países o territorios, podrá contactar al número +1 (876) 572-9051 por llamada telefónica, WhatsApp o Telegram. Este numero también es medio de contacto para proporcionar información sobre trámites o servicios (los fines de semana solo está disponible para emergencias).

Igualmente, el ciudadano podrá escribir al correo electrónico ckingston@cancilleria.gov.co o contactar al Ministerio de Relaciones Exteriores a través de los diferentes canales de atención habilitados:

  • Twitter: @cancilleriacol
  • Facebook: Cancillería Colombia
  • Si llama desde Colombia puede marcar al 01 8000 979 899 y 01 8000 938 000.
  • Videollamada gratuita, chat en línea y llamada en línea gratuita, a través de la página web: http://www.cancilleria.gov.co/help/contactus
  • Línea de atención telefónica en Bogotá: (+57 1) 3826999.
  • Línea fija en Jamaica (de lunes a viernes): +1 (876) 929-1701 / 2

Recordamos que el Consulado podrá:

  • Expedir documentos de viaje de emergencia en caso de perdida o hurto de documentos.
  • Contactar (si es autorizado) a familiares del connacional en Colombia u otro país para informar sobre su situación.
  • Verificar, con estricto respeto de las normas y reglamentos locales, que las autoridades competentes cumplan con el debido proceso y faciliten al connacional entre otros:
  • Un abogado de oficio (en caso de no contar con recursos para pagar un abogado);
  • Un traductor (en caso de no dominar el idioma local diferente al castellano) que acompañe audiencias, indagatorias o cualquier etapa del proceso judicial que se adelante en su contra;
  • Condiciones dignas de detención y atención médica adecuada en caso de ser requerida.
  • A título exclusivamente orientativo informar sobre servicios de asesoría legal que podrían asumir la defensa jurídica del connacional.

Por el contrario, el Consulado NO puede:

  • Ser parte en procesos judiciales o asumir los gastos relativos a procesos judiciales que involucren a ciudadanos colombianos en causas civiles, comerciales, penales, laborales, etc.
  • Interceder a su favor en caso de que quebrante o no respete las leyes locales (que, según los países, pueden diferir sustancialmente de la legislación colombiana).
  • Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones/centros de detención.
  • Realizar tareas que corresponden a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, estudios jurídicos, empresas de mudanzas, servicios de correos, etc.
  • Proporcionar pasajes o medios para regresar a la República de Colombia o continuar viaje a otro punto.

FOR FOREIGN CITIZENS:

Any Foreign Citizen from the Cayman Islands, The Bahamas, Saint Lucia, Saint Kitts and Nevis or Antigua and Barbuda, requiring information about procedures or services (Visas, travel authorizations for minors to travel from Colombia to overseas, entry requirements to Colombia, Colombian police records, etc.) can contact this Consular Office by e-mail to ckingston@cancilleria.gov.co or by phone to +1 (876) 791-3267 (WhatsApp or Telegram).

Please bear in mind that this phone line on Weekends is only available for emergencies involving Colombian citizens.

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